La fusión de marcas: el contrato de co-branding
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El “co-branding” se ha constituido en una herramienta fundamental para los empresarios que aspiran a incrementar el recuerdo y reconocimiento de sus marcas dentro de la mente retentiva del público consumidor. Por consiguiente, el presente artículo tiene como objetivo caracterizar el valor con el que el co-branding ha contribuido a las estrategias de marca e ilustrar cómo su correcta explotación puede llegar a causar beneficios a una actividad comercial. Por último, se estudiará la naturaleza económica y jurídica del contrato de co-branding, las obligaciones usuales entre las partes vinculantes y ciertas diferencias con figuras contractuales con las que presentan singulares analogías.
1657-1959
2346-2116
2022-12-09
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Andrés Eduardo Rodríguez Gómez - 2022
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