La denominación de origen y el alcance de su protección
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Las denominaciones de origen (DO) son entendidas como una especie de las indicaciones de procedencia. La Decisión 486 de la CAN encuadra a las DO y a las indicaciones de procedencia dentro de las especies de las indicaciones geográficas. Atendiendo a su definición y a los requisitos legales exigidos para obtener el reconocimiento de su protección, las denominaciones de origen resultan ser signos distintivos especiales con un amplio ámbito de protección. En efecto, por consistir en un indicador de un origen específico que genera en un producto una cualidad y reputación, y dada su protección oficiosa, la DO es protegida aun antes del acto que así lo reconoce. Por esta razón, se diferencian de las indicaciones de procedencia, pues éstas no enc... Ver más
1657-1959
2346-2116
2009-11-15
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http://purl.org/coar/access_right/c_abf2