El reconocimiento y la ejecución de un laudo internacional anulado en el país de la sede arbitral.
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El arbitraje internacional es el mecanismo natural de resolución de conflictos jurídicos nacidos del comercio internacional y de los contratos internacionales. En efecto, los últimos años rinden testimonio de la proliferación de instituciones arbitrales y del uso de reglas de arbitraje internacional tanto por los Estados como por los particulares. Sin embargo, tradicionalmente, la relación entre el arbitraje internacional y el control estatal ejercido sobre éste último no ha sido la mejor. Como consecuencia de lo anterior, los laudos se han tropezado con el doble problema de su reconocimiento y su ejecución. Es precisamente este problema el que intentó solucionar la Convención de Nueva York de 1958, sin que las soluciones sean completamente... Ver más
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2008-12-25
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