¿Por qué no un poder de veto sobre la explotación del subsuelo?
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La propiedad del Estado sobre el subsuelo puede descomponerse en privilegios específicos sobre el uso, goce y disposición de los recursos naturales no renovables que allí se encuentran. Dado que el derecho de propiedad puede asumir diferentes estructuras dependiendo de los poderes y prerrogativas que lo integren, la mejor interpretación del derecho de propiedad del Estado sobre los recursos naturales será aquella que armonice mejor los demás principios constitucionales. Uno de esos principios es el de la autonomía territorial. En esta investigación se aboga por el derecho de veto de las comunidades afectadas por la explotación intensiva del subsuelo como límite del derecho de propiedad del Estado.
2145-2946
2019-06-25
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Héctor David Rojas - 2019
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