La potestad del Consejo de Seguridad para solicitar a la Corte Penal Internacional la suspensión de una investigación o de un enjuiciamiento
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El presente artículo analiza la potestad concedida al Consejo de Seguridad por el Estatuto de Roma, establecida en su artículo 16, referida a la posibilidad de solicitar a la Corte la suspensión de una investigación o de un enjuiciamiento. En la práctica, ya se ha hecho uso de dicha facultad, pero en circunstancias que podrían considerarse cuestionables. Por ello serán objeto de análisis las resoluciones 1422 (2002) y 1487 (2003) del Consejo de Seguridad como manifestaciones del abuso de esta potestad. Para ello se tomarán como punto de referencia los requisitos que el Estatuto establece para el ejercicio de esta potestad; se advierte en estas resoluciones el incumplimiento de aquéllos. En este sentido, se constató la ausencia de la determi... Ver más
0122-9893
2346-2051
2011-12-01
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