Los servicios funerarios y los seguros exequiales: ¿realmente son productos diferentes?, ¿qué implicaciones acarrea el ofrecimiento simultáneo de este tipo de productos en el mercado?
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Los servicios funerarios han sido objeto de distintas polémicas a raíz de la regulación que le ha dado el legislador a los mismos, llegando al punto de excluir a las aseguradoras de la prestación de servicios funerarios y otorgando la única posibilidad de ofrecer productos de tipo exequial por medio de la celebración de contratos de seguros exequiales; decisión que se deriva de algunas diferenciaciones que se hacen a partir del artículo 111 de la Ley 795 de 2003. Es por tanto necesario examinar las implicaciones, que como se verá, son en su mayoría negativas y alguna que otra positiva, consecuencia de hacer la diferenciación entre uno y otro servicio.
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2019-01-23
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Mónica Andrea Santamaría Novoa - 2019
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