La regla de minimis en el ámbito de los acuerdos restrictivos de la libre competencia.
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La regla de minimis es una de las varias tesis cuya aplicación permite reducir el alcance de la prohibición de los acuerdos restrictivos de la competencia (art. 81.1 del TCE), y en este medida compatibilizar la aplicación de las disposiciones antitrust con el desarrollo de la libertad de empresa, la libertad de contratación y la autonomía privada. Conforme a la esta doctrina, sólo las conductas que afectan la competencia de forma significativa o sensible se encuentran comprendidas en el ámbito de la prohibición del art. 81.1 del TCE y, en consecuencia deben prohibirse y sancionarse. Aquellas que por el contrario no surten efectos sensibles sobre la competencia se sitúan por fuera del ámbito de la norma y se consideran sin relevancia antitru... Ver más
1692-3960
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2009-12-25
info:eu-repo/semantics/openAccess
http://purl.org/coar/access_right/c_abf2