Titulo:

Reflexiones acerca de qué debe considerarse como ingresos corrientes de la Nación
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Sumario:

En este artículo a partir de un estudio detallado de las rentas contractuales, las rentas parafiscales y las tasas, el autor pretende determinar qué ingresos deberán considerarse como corrientes, teniendo en cuenta que se caracterizan por la regularidad con la que se perciben, no tienen destinación específica y permiten predecir el volumen de los ingresos públicos, entre otras. Con base en lo anterior, el autor analiza por qué la liquidación y distribución de los recursos del presupuesto mientras estuvo vigente el texto original de los artículos 357 y 358 de la Constitución Política, se realizó con grave perjuicio de las entidades territoriales.

Guardado en:

1692-6722

2346-2434

2003-07-01

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http://purl.org/coar/access_right/c_abf2

Descripción
Sumario:En este artículo a partir de un estudio detallado de las rentas contractuales, las rentas parafiscales y las tasas, el autor pretende determinar qué ingresos deberán considerarse como corrientes, teniendo en cuenta que se caracterizan por la regularidad con la que se perciben, no tienen destinación específica y permiten predecir el volumen de los ingresos públicos, entre otras. Con base en lo anterior, el autor analiza por qué la liquidación y distribución de los recursos del presupuesto mientras estuvo vigente el texto original de los artículos 357 y 358 de la Constitución Política, se realizó con grave perjuicio de las entidades territoriales.
ISSN:1692-6722