El control judicial del contencioso administrativo en servicios públicos
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No hay dudas de la importancia constitucional que supone el control judicial de la jurisdicción de lo contencioso en materia de servicios públicos. Aprovechando la conmemoración de los 20 años de la Ley de los Servicios Públicos Domiciliarios –Ley 142 de 1994–, este artículo invita a la reflexión sobre la realidad del derecho de los servicios públicos. Luego de una detallada exposición de algunos antecedentes de la jurisdicción de lo contencioso, se expone lo que aquí se denomina zonas de certeza y zonas de incertidumbre competencial del contencioso administrativo en materia de servicios públicos. Al realizar un análisis detallado de la jurisprudencia del Consejo de Estado, se llega a la inevitable conclusión de que la extensión del control... Ver más
0123-6458
2346-2078
2014-12-15
11
35
info:eu-repo/semantics/openAccess
http://purl.org/coar/access_right/c_abf2
Sumario: | No hay dudas de la importancia constitucional que supone el control judicial de la jurisdicción de lo contencioso en materia de servicios públicos. Aprovechando la conmemoración de los 20 años de la Ley de los Servicios Públicos Domiciliarios –Ley 142 de 1994–, este artículo invita a la reflexión sobre la realidad del derecho de los servicios públicos. Luego de una detallada exposición de algunos antecedentes de la jurisdicción de lo contencioso, se expone lo que aquí se denomina zonas de certeza y zonas de incertidumbre competencial del contencioso administrativo en materia de servicios públicos. Al realizar un análisis detallado de la jurisprudencia del Consejo de Estado, se llega a la inevitable conclusión de que la extensión del control contencioso sobre los actos de las autoridades y de los operadores del sector es mucho más amplio de lo que inicialmente se pensó. El administrativo se resiste a dejar de ser el derecho de los servicios públicos y el contencioso persiste en ser el juez del interés general y de las prerrogativas públicas.
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ISSN: | 0123-6458 |