Personas con discapacidad mental o psicosocial en situación de calle.
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Este artículo es parte de la investigación en proceso denominada "Violación al derecho humano a la salud en agravio a enfermos mentales en situación de riesgo" para obtener el grado de maestro en derecho, tiene como fin exponer el apartado teórico, instrumentos internacionales y la propia legislación mexicana que debe proteger la salud de los enfermos mentales en situación de calle, con el objeto de ayudar a la comprensión social de la violación sistemática del derecho humano y cooperar en la formación de las bases jurídicas fundamentadas para identificar tanto las competencias como las líneas de acción que permitan abordar la problemática de manera eficaz. Es tan lamentable como cierto que las personas que padecen de sus... Ver más
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Personas con discapacidad mental o psicosocial en situación de calle. Estados Unidos de México, Congreso del estado. Ley de salud pública para el estado de Baja California. Mexicali: Periódico Oficial núm. 49, 9 de noviembre de 2001. Gutiérrez Calles, José Luis. La guarda del enfermo mental: deberes y responsabilidades. Madrid: Dykinson, 2004. García Romero, Horacio y Fernando Cano Valle. El derecho a la protección de la salud de todos los mexicanos. Ciudad de México: Comisión Nacional de Derechos Humanos, 1996. Ferrer Mac-Gregor, Eduardo. “El control difuso de convencionalidad en el Estado constitucional” en Formación y perspectivas del Estado en México, editado por Héctor Fix-Zamudio y Diego Valadés, 151-188. Ciudad de México: Universidad Nacional Autónoma de México, 2010. Ferreirós Marcos, Carlos-Eloy. Salud mental y derechos humanos: la cuestión del tratamiento ambulatorio involuntario. Madrid: Comité español de representantes de personas con discapacidad, 2007. Estados Unidos Mexicanos. Constitución Política. Ciudad de México: Sista, 2017 [1917]. Estados Unidos Mexicanos, Presidencia de la República. Decreto por el que se reforma y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Ciudad de México: Diario Oficial de la Federación, 20 de junio de 1983. Estados Unidos de México, Cámara de Diputados. Ley general de salud. Ciudad de México: Diario Oficial de la Federación, 7 de febrero de 1984. Organización de Naciones Unidas [ONU]. Declaración universal de los derechos humanos. Nueva York, 10 de diciembre de 1948. Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Principios para la protección de los enfermos mentales y el mejoramiento de la atención de la salud mental. Washington, 17 de diciembre de 1991. Centro de Información de la Organización de Naciones Unidas. “Día internacional de las personas con discapacidad”. http://cinu.mx/eventos/observancia/dia-internacional-de-las-perso-4/ (acceso octubre 26, 2018). Castilla Juárez, Karlos. “Un nuevo panorama constitucional para el derecho internacional de los derechos humanos en México”. Estudios constitucionales 9, núm. 2 (junio-diciembre 2011): 123-164. https://scielo.conicyt.cl/pdf/estconst/v9n2/art04.pdf (acceso octubre 26, 2018). Barahona-Riera, Rocío. “Derechos económicos, sociales y culturales: exigibilidad —niveles mínimos de cumplimiento— e indicadores”. Ponencia presentada en la Reunión de expertos sobre población, desigualdades y derechos humanos. Santiago de Chile, 26-27 octubre, 2006. Jonathan Saguchi Chavez, Alma Alejandra Soberano Serrano - 2019 https://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/ Español Organización de Naciones Unidas [ONU]. De la exclusión a la igualdad. Hacia el pleno ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad. Ginebra: SRO-Kundig, 2007. Organización de Naciones Unidas [ONU]. Observaciones finales sobre el Informe inicial de México. Nueva York: Comité sobre los derechos de las personas con discapacidad, 2014. Universidad Catolica de Colombia http://purl.org/coar/resource_type/c_2df8fbb1 Text http://purl.org/coar/access_right/c_abf2 info:eu-repo/semantics/openAccess http://purl.org/coar/version/c_970fb48d4fbd8a85 info:eu-repo/semantics/publishedVersion http://purl.org/redcol/resource_type/ART http://purl.org/coar/resource_type/c_6501 Organización de Naciones Unidas [ONU]. Pacto internacional de derechos económicos, sociales y culturales. Nueva York, 16 de diciembre de 1966. info:eu-repo/semantics/article Secretaría de Relaciones Exteriores. Informe inicial de México sobre el cumplimiento de la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad. Ciudad de México: Secretaría de Relaciones Exteriores, Dirección general de derechos humanos y democracia, 2011. Secretaría de Relaciones Exteriores. “Informes periódicos segundo y tercero combinados que México debía presentar en 2018 en virtud del artículo 35 de la Convención”. http://docstore.ohchr.org/SelfServices/FilesHandler.ashx?enc=6QkG1d%2fPPRiCAqhKb7yhskE4iNFvKWCCGr4TiTUdbhokZUaEzPwsH0KqVTv1zw9bNWXQJVdJSj80Uv4Z%2bZEgqoG8S%2fvl%2fmcFDGvJ0PZmj3GsRfo4dHu0OysmnkzdQNbC (acceso octubre 26, 2018). Saldaña, Javier. Derechos del enfermo mental. Ciudad de México: Instituto Politécnico Nacional, 2000.. Parra, Carlos y Beatriz Londoño. “La protección de la población con discapacidad en la jurisprudencia de la Corte Constitucional” en Derechos humanos y discapacidad, editado por Carlos Parra, 198-274. Bogotá: Universidad del Rosario, 2004. Organización de Naciones Unidas [ONU]. Recopilación de las observaciones generales y recomendaciones generales adoptadas por órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos. Nueva York: Instrumentos internacionales de derechos humanos, 2008. Organización de Naciones Unidas [ONU]. Protocolo facultativo de la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad. Nueva York, 13 de diciembre de 2006. Novum Jus https://novumjus.ucatolica.edu.co/article/view/2370 text/html Princípios Este artículo es parte de la investigación en proceso denominada "Violación al derecho humano a la salud en agravio a enfermos mentales en situación de riesgo" para obtener el grado de maestro en derecho, tiene como fin exponer el apartado teórico, instrumentos internacionales y la propia legislación mexicana que debe proteger la salud de los enfermos mentales en situación de calle, con el objeto de ayudar a la comprensión social de la violación sistemática del derecho humano y cooperar en la formación de las bases jurídicas fundamentadas para identificar tanto las competencias como las líneas de acción que permitan abordar la problemática de manera eficaz. Es tan lamentable como cierto que las personas que padecen de sus facultades mentales y que se encuentran en situación de calle forman uno de los grupos más desprotegidos de nuestra sociedad; quienes por sus características propias se presentan como sumamente vulnerables a todo su entorno y, sin capacidad para hacer valer sus Derechos Humanos fundamentales, por lo que están expuestos a una amplia gama de violaciones de los mismos. Esta problemática debe ser atendida mediante la aplicación de los Derechos Humanos que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos nos ofrece, de las Convenciones Internacionales y de las legislaciones competentes en materia de Salud Mental de México y de las autoridades de la materia que parece actúan de manera ineficaz ante la problemática existente. Saguchi Chávez, Jonathan Soberano Serrano, Alma Alejandra Derechos humanos Derecho a la salud Discapacidad mental o psicosocial Situación de calle Direitos humanos Direito à saúde application/pdf Situação na rua Normas aplicáveis Convenções Direitos Deficiência mental ou psicológica Sociologia Artículo de revista 13 Publication Núm. 2 , Año 2019 :Julio - Diciembre 2 This article is part of an ongoing research called "Violation of the human right to health against people with mental or psychosocial disability in situation of risk" to obtain a master in law degree. it aims to exposeexisting problems in Ensenada, Baja California, Mexico, regarding the abandonment by mexican state health authorities toward homeless people with mental or psychosocial disabilities, thus violating their human rightto access health services. it is as regrettable as it is true that homeless people who suffer from mental disabilites are one of the most unprotected groups in Mexico. due to their characteristics, they are extremely vulnerable to their entireenvironment and they lack the capacity to assert their fundamental human rights, which is why they are exposed to a wide range of violations of these rights. this problem must be addressed in observance of the human rights protected by the political constitution of the united states of Mexico, international treaties of which it is a party, and by competent national legislations in matter of mental health, in order to motivate mexican authorities within the scope of their competences, since they seem indifferent in the face of these problems. Homeless people with mental or psychosocial disabilities. Human rights Right to health Mental or psychosocial disability Homeless Applicable law Journal article Conventions Rights Sociology Principles https://novumjus.ucatolica.edu.co/article/download/2370/2650 https://novumjus.ucatolica.edu.co/article/download/2370/2658 10.14718/NovumJus.2019.13.2.5 https://doi.org/10.14718/NovumJus.2019.13.2.5 2019-07-01 2019-07-01T00:00:00Z 2019-07-01T00:00:00Z 83 2500-8692 101 1692-6013 |
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Es tan lamentable como cierto que las personas que padecen de sus facultades mentales y que se encuentran en situación de calle forman uno de los grupos más desprotegidos de nuestra sociedad; quienes por sus características propias se presentan como sumamente vulnerables a todo su entorno y, sin capacidad para hacer valer sus Derechos Humanos fundamentales, por lo que están expuestos a una amplia gama de violaciones de los mismos.
Esta problemática debe ser atendida mediante la aplicación de los Derechos Humanos que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos nos ofrece, de las Convenciones Internacionales y de las legislaciones competentes en materia de Salud Mental de México y de las autoridades de la materia que parece actúan de manera ineficaz ante la problemática existente.
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This article is part of an ongoing research called "Violation of the human right to health against people with mental or psychosocial disability in situation of risk" to obtain a master in law degree. it aims to exposeexisting problems in Ensenada, Baja California, Mexico, regarding the abandonment by mexican state health authorities toward homeless people with mental or psychosocial disabilities, thus violating their human rightto access health services.
it is as regrettable as it is true that homeless people who suffer from mental disabilites are one of the most unprotected groups in Mexico. due to their characteristics, they are extremely vulnerable to their entireenvironment and they lack the capacity to assert their fundamental human rights, which is why they are exposed to a wide range of violations of these rights.
this problem must be addressed in observance of the human rights protected by the political constitution of the united states of Mexico, international treaties of which it is a party, and by competent national legislations in matter of mental health, in order to motivate mexican authorities within the scope of their competences, since they seem indifferent in the face of these problems.
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