Requisitos establecidos por la Corte Constitucional para la aplicación de la eutanasia en pacientes en etapa terminal
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El presente texto responde al propósito trazado en el proyecto integrador de semestre y tiene como objetivo identificar cual ha sido la evolución de la jurisprudencia emitida por la Corte Constitucional respecto de la eutanasia en Colombia. La Constitución Política de 1991 establece en el artículo 11 que “el derecho a la vida es inviolable”; no obstante, se aprecia una tendencia jurisprudencial progresiva en la que el derecho a morir dignamente, prevalece frente a este. Para analizar la jurisprudencia de la Corte, se utilizó la metodología de línea jurisprudencial desarrollada por López Medina en el libro El derecho de los jueces (2006). Esta permitió observar una clara identificación de las decisiones adoptadas por dicha corporación frente... Ver más
2665-4644
2018-12-01
Documentos de trabajo Areandina - 2019
info:eu-repo/semantics/openAccess
http://purl.org/coar/access_right/c_abf2
Sumario: | El presente texto responde al propósito trazado en el proyecto integrador de semestre y tiene como objetivo identificar cual ha sido la evolución de la jurisprudencia emitida por la Corte Constitucional respecto de la eutanasia en Colombia. La Constitución Política de 1991 establece en el artículo 11 que “el derecho a la vida es inviolable”; no obstante, se aprecia una tendencia jurisprudencial progresiva en la que el derecho a morir dignamente, prevalece frente a este. Para analizar la jurisprudencia de la Corte, se utilizó la metodología de línea jurisprudencial desarrollada por López Medina en el libro El derecho de los jueces (2006). Esta permitió observar una clara identificación de las decisiones adoptadas por dicha corporación frente a la invocación del derecho a morir dignamente por parte de personas que, en su mayoría, lo consideraron vulnerado; además de mostrar los lineamientos trazados para su reglamentación. El desarrollo jurisprudencial sobre el tema es de gran importancia, ya que por medio de este la Corte crea y reglamenta un nuevo derecho fundamental: el derecho a morir dignamente, marcando una clara tendencia de defensa del derecho al libre desarrollo de la personalidad, la autonomía y la dignidad humana. Se puede inferir que continúa existiendo un grupo de pacientes con enfermedades en fase terminal que no pueden acceder al derecho a morir dignamente por falta de reglamentación: personas a adultas sin familia y niños al cuidado de bienestar familiar.
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